El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), ha aprobado un Real Decreto que regula el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Se trata de una nueva herramienta para alcanzar los objetivos de ahorro de energía comprometidos con la UE de un modo flexible y más eficaz.
Las medidas de ahorro energético se identificarán conforme a un catálogo de actuaciones que se aprobará próximamente.
La aprobación del Real Decreto creará un nuevo mercado que facilitará a las comercializadoras de energía el cumplimiento de sus obligaciones de ahorro, beneficiará a los consumidores e impulsará el empleo, la productividad y la competitividad empresarial. También se cumple con ello una de las medidas previstas en el Plan Más Seguridad Energética.
La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, insta a los Estados miembros a la creación de un mecanismo que permita asignar a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por menor, una cuota anual de ahorro energético en el ámbito nacional, según sus ventas, que en el caso español sólo se ha podido realizar hasta ahora en aportaciones financieras equivalentes al FNEE.
Procedimiento con los Certificados de Ahorro Energético
Con el objetivo de reforzar el volumen de ahorros exigidos por la Directiva 2012/27/UE y las actuaciones de eficiencia energética, el Real Decreto que establece el sistema de CAE permitirá a las empresas sujetas a cuota anual de ahorro energético sustituir voluntariamente un porcentaje de sus pagos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) por un ahorro energético certificado, proveniente de las inversiones en eficiencia energética.
Las empresas podrán identificar medidas de ahorro según un catálogo de actuaciones relativas a climatización, mejora de la envolvente, iluminación, movilidad, procesos industriales, etcétera, cuya ejecución permitirá obtener los CAE (un CAE equivale a 1 kWh ahorrado). Una orden ministerial aprobará este catálogo próximamente.
Una vez ejecutada la actuación de ahorro, la empresa presentará los resultados ante un verificador independiente, acreditado por ENAC, para que los valide. Después se registrarán en una plataforma electrónica operada por el Miteco, y la Comunidad Autónoma donde se haya actuado expedirá los correspondientes CAE, con efecto en todo el territorio nacional.
Los CAE registrados en la plataforma electrónica podrán liquidarse, contribuyendo a cumplir las obligaciones de ahorro de las empresas, o podrán comercializarse, permitiendo que otras empresas obligadas los adquieran y procedan a su liquidación para cumplir con sus obligaciones.
Los sujetos obligados podrán operar directamente o contratar los servicios de empresas acreditadas, denominadas sujetos delegados. La plataforma permitirá inventariar a todos estos agentes y trazar las operaciones realizadas con los CAE durante sus tres años de vigencia.
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