cCon la finalidad de facilitar la transición al Código Estructural (CE) a los proyectistas de estructuras habituados a utilizar la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), se ha publicado el Avance de la Guía de Aplicación del Código Estructural a la edificación.

 

El Código Estructural se aprobó a través del Real Decreto 470/2021, de 21 de junio. Por medio de este reglamento se establecen los requisitos para el proyecto y la ejecución de estructuras de hormigón, de acero y estructuras mixtas de hormigón y acero, tanto en obras de edificación como de ingeniería civil.

 

El Código Estructural es el reglamento que sustituye a la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08) aprobada por el Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio y la Instrucción de Acero Estructural (EAE), aprobada por el Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo.

 

El Código Estructural responde a la necesidad de actualizar la reglamentación vigente conforme al estado del conocimiento y a la normativa europea buscando particularmente la convergencia con los procedimientos de cálculo de estructuras establecidos en los Eurocódigos Estructurales.

 

En el Código se regulan las cuestiones relativas a bases de proyecto y análisis estructural, así como a los requisitos técnicos exigibles a los materiales componentes, a la durabilidad y vida útil de las estructuras, a la acción del incendio, al control y la ejecución de las estructuras.

 

El Código Estructural entró en vigor el 11 de noviembre de 2021. En la disposición transitoria única se establece que el Código no será de aplicación a los proyectos cuya orden de redacción o estudio, en el ámbito de las Administraciones públicas, o encargo, en otros casos, se hubiera efectuado con anterioridad a su entrada en vigor, ni las obras de ellos derivadas, siempre que estas se inicien en un plazo no superior a un año para las obras de edificación, ni de tres años para las de ingeniería civil. En todo caso, el Código puede aplicarse de forma voluntaria en estos supuestos, siempre que el órgano competente, o el promotor, así lo acordara.