La Comisión Europea ha publicado un Reglamento Delegado que define un enfoque metodológico armonizado para el cálculo del Potencial de Calentamiento Global (PCG) a lo largo del ciclo de vida completo de los edificios de nueva construcción. Esta iniciativa se enmarca en la Directiva relativa a la Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) y persigue garantizar que todos los Estados miembros de la Unión Europea apliquen criterios homogéneos y comparables en la evaluación de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al sector edificatorio.

 

El reglamento establece que el cálculo del PCG deberá contemplar todas las fases del ciclo de vida del edificio, desde la extracción y fabricación de los productos de construcción hasta el final de su vida útil. En concreto, se incluyen:

 
- La producción y transporte de materiales y productos de construcción.
 
- Las actividades de ejecución de obra.
 
- La fase de uso del edificio, considerando el consumo energético asociado.
 
- La sustitución y mantenimiento de materiales y sistemas.
 
- La demolición, el transporte de residuos y su gestión final, incluyendo la reutilización, el reciclaje y la eliminación.
 

Impulso a los materiales de baja huella de carbono

 

De acuerdo con lo dispuesto en la EPBD, a partir de 2028 será obligatorio calcular el PCG del ciclo de vida e incorporarlo en los certificados de eficiencia energética de todos los edificios nuevos con una superficie construida superior a 1.000 m². Esta exigencia se ampliará a todos los edificios de nueva construcción a partir de 2030.

 

La medida tiene como objetivo orientar el diseño y la ejecución de edificios hacia soluciones de menor impacto ambiental, fomentando:
 
- El uso de materiales de construcción de bajas emisiones de carbono, como acero y cemento con procesos productivos sostenibles.
 
- La aplicación de técnicas de almacenamiento de carbono, como la construcción con madera estructural.
 
- La reutilización y el reciclaje de materiales, en línea con los principios de la economía circular.
 

Marco común y flexibilidad nacional

 

El nuevo reglamento proporciona un marco común de referencia para el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero, garantizando la coherencia y comparabilidad de los resultados entre los distintos países de la UE. Al mismo tiempo, permite un cierto grado de flexibilidad para adaptarse a las condiciones y particularidades nacionales.

 

Los cálculos se apoyarán en:

 
- Valores predeterminados definidos por los Estados miembros.
 
- Datos específicos de producto facilitados por los fabricantes, conforme al Reglamento de Productos de Construcción y a la normativa de Diseño Ecológico y Etiquetado Energético.
 
 
 
El Reglamento Delegado entra ahora en un periodo de revisión de dos meses por parte del Consejo y del Parlamento Europeo, prorrogable por otros dos meses, durante el cual podrán formularse objeciones antes de su aprobación definitiva y posterior entrada en vigor.