La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, tramita el proyecto de decreto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 79/2014, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid, con la finalidad de adaptarlo al contenido de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que versan sobre esta norma.
Asimismo, se actualizan los requisitos de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico para garantizar una determinada calidad del producto turístico, en defensa y protección de los derechos de las personas usuarias. Se establece que los titulares de la actividad de alojamiento turístico o sus representantes serán quienes habrán de presentar la declaración responsable para llevar a cabo el inicio de la actividad de prestación de servicios de alojamientos turísticos, así como disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios por daños corporales, materiales y los perjuicios económicos causados por el ejercicio de su actividad. Se hace referencia a que la actividad de vivienda de uso turístico no se podrá realizar en las viviendas sometidas al régimen de protección pública, ni cuando los estatutos de la comunidad de propietarios donde se ubique en el inmueble contengan la prohibición de información pública.
Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos):
De 18/09/2024 hasta 08/10/2024
Todos aquellos compañeros que quieran formular alegaciones, pueden utilizar el siguiente
formulario, o bien mandarlas a: secretaria.tecnica@coitim.es