AYUDA A LA REALIZACIÓN DE CURSOS Y OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR EL COGITIM
 
- PRECOLEGIADOS:
 
Misma consideración que los colegiados.
 
- COLEGIADOS:
 
Aparte de la subvención que de por sí llevan todas las actividades formativas que se realizan en nuestro colegio, se otorgará una beca adicional a aquellos compañeros que reúnan, al menos, uno de los siguientes requisitos:
 
- 100% de bonificación los colegiados que se encuentren en situación de
1. Desempleo 
2. o discapacidad >= 64%. (***)
 
NOTA: aplicacable a ciertas formaciones. Consultar al departamento de Cursos para confirmar bonificación. 
 
 
- 60% de bonificación para los colegiados con una renta anual individual < 15.000 € o conjunta < 30.000 €. (*)
 
- 50% de bonificación para los colegiados con
 
1. Renta anual individual entre 15.000 € y 18.000 € o conjunta entre 30.000 € y 36.000 €. (*)
2. o discapacidad >= 33% o < 64%. (***)
3. o residencia fuera de España (*****) 
 
- 50% de bonificación para los colegiados que acrediten ser familia numerosa justificando una renta anual no superior a los 35.000 € (unidad familiar). (*)(****)
 
 
NOTA: Esta normativa de becas es de aplicación para actividades formativas "organizadas" por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid. En ningún caso serán de aplicación cuando el Colegio actúe como colaborador o patrocinador en diferentes acciones formativas. Los beneficiarios de las becas de formación que no asistan a un mínimo del 80% del curso, no obtengan el certificado de aprovechamiento o superen el examen final cuando proceda, deberán abonar el importe de la beca concedida.
 
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
 
(*)
- Declaración anual de la renta correspondiente: la última presentada o certificado de NO presentación de renta.
La renta anual se considerará el mayor importe de la base liquidable general sometida a gravamen (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
(**)
- Tarjeta de demanda de empleo. Actualización de datos trimestral.
- Los que resulten beneficiarios de estas ayudas deberán inscribirse en los portales de empleo que tiene a su disposición el Colegio (www.proempleoingenieros.es) y realizar la Acreditación DPC Ingenieros (www.acreditacioncogitidpc.es).
- Además deberán asistir a las jornadas de asesoramiento personal que se realizarán para grupos de 20 colegiados como máximo, donde se les orientará en la mejora y búsqueda de empleo.
(***)
- Fotocopia del reconocimiento del grado de discapacidad.
(****)
- Tarjeta acreditativa familia numerosa.
(*****)
- Documentación que acredite la residencia fuera de España.
 
 
 
  
 
CRITERIOS GENERALES
 
- La renta anual se considerará el mayor importe de la base liquidable correspondiente a la casilla 505 de la Declaración de la Renta del año anterior (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
- Aquellos colegiados en activo que no deban realizar la declaración de la Renta se considerarán como Renta anual inferior a 15.000 €.
- Los beneficiaros de cualquiera de las becas y/o ayudas deberán firmar en la misma solicitud un compromiso de permanencia como colegiado de 2 años. En caso de no cumplirlo se reclamará el importe de la beca o becas concedidas en ese periodo.
- El importe máximo de la suma de todas las becas y ayudas será de 1.000 € colegiado/año.
- Los que resulten beneficiarios de estas ayudas deberán inscribirse en los portales de empleo que tiene a su disposición el Colegio (www.proempleoingenieros.es) y realizar la Acreditación DPC Ingenieros (www.acreditacioncogitidpc.es).
- Será imprescindible actualizar los datos de la ficha del colegiado (https://cogitim.e-gestion.es
- Además deberán asistir a las jornadas de asesoramiento personal que se realizarán para grupos de 20 colegiados como máximo, donde se les orientará en la mejora y búsqueda de empleo.