AYUDA A LA REALIZACIÓN DE CURSOS Y OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR EL COGITIM
 
- PRECOLEGIADOS:
 
Misma consideración que los colegiados.
 
- COLEGIADOS:
 
Aparte de la subvención que de por sí llevan todas las actividades formativas que se realizan en nuestro colegio, se otorgará una beca adicional a aquellos compañeros que reúnan, al menos, uno de los siguientes requisitos:
 
- 100 % de bonificación los colegiados que se encuentren en situación de
 
1. Desempleo 
2. o discapacidad >= 64 %. (***)
 
NOTA: aplicable a ciertas formaciones. Consultar al departamento de Cursos para confirmar bonificación. 
 
 
- 60 % de bonificación para los colegiados con una renta anual individual < 15.000 € o conjunta < 30.000 € (*)
 
- 50 % de bonificación para los colegiados con
 
1. Renta anual individual entre 15.000 € y 18.000 € o conjunta entre 30.000 € y 36.000 €. (*)
2. o discapacidad >= 33 % o < 64 %. (***)
3. o residencia fuera de España (*****) 
 
- 50 % de bonificación para los colegiados que acrediten ser familia numerosa justificando una renta anual no superior a los 35.000 € (unidad familiar). (*)(****)
 
 
NOTA: esta normativa de becas es de aplicación para actividades formativas "organizadas" por el Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid. En ningún caso serán de aplicación cuando el Colegio actúe como colaborador o patrocinador en diferentes acciones formativas. Los beneficiarios de las becas de formación que no asistan a un mínimo del 80 % del curso, no obtengan el certificado de aprovechamiento o superen el examen final cuando proceda, deberán abonar el importe de la beca concedida.
 
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
 
(*)
- Declaración anual de la renta correspondiente: la última presentada o certificado de NO presentación de renta.
La renta anual se considerará el mayor importe de la base liquidable general sometida a gravamen (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
(**)
- Tarjeta de demanda de empleo. Actualización de datos trimestral.
- Los que resulten beneficiarios de estas ayudas deberán inscribirse en los portales de empleo que tiene a su disposición el Colegio (www.proempleoingenieros.es) y realizar la Acreditación DPC Ingenieros (www.acreditacioncogitidpc.es).
- Además deberán asistir a las jornadas de asesoramiento personal que se realizarán para grupos de 20 colegiados como máximo, donde se les orientará en la mejora y búsqueda de empleo.
(***)
- Fotocopia del reconocimiento del grado de discapacidad.
(****)
- Tarjeta acreditativa familia numerosa.
(*****)
- Documentación que acredite la residencia fuera de España.
 
 
 
  
 
CRITERIOS GENERALES
 
- La renta anual se considerará el mayor importe de la base liquidable correspondiente a la casilla 505 de la Declaración de la Renta del año anterior (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
- Aquellos colegiados en activo que no deban realizar la declaración de la Renta se considerarán como Renta anual inferior a 15.000 €.
- Los beneficiaros de cualquiera de las becas y/o ayudas deberán firmar en la misma solicitud un compromiso de permanencia como colegiado de 2 años. En caso de no cumplirlo se reclamará el importe de la beca o becas concedidas en ese periodo.
- El importe máximo de la suma de todas las becas y ayudas será de 1.500 € colegiado/año.
- Los que resulten beneficiarios de estas ayudas deberán inscribirse en los portales de empleo que tiene a su disposición el Colegio (www.proempleoingenieros.es) y realizar la Acreditación DPC Ingenieros (www.acreditacioncogitidpc.es).
- Será imprescindible actualizar los datos de la ficha del colegiado (https://cogitim.e-gestion.es
- Además deberán asistir a las jornadas de asesoramiento personal que se realizarán para grupos de 20 colegiados como máximo, donde se les orientará en la mejora y búsqueda de empleo.