Esta primera convocatoria de ayudas del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid (COGITIM) está dirigida a los hijos/as de los colegiados/as matriculados en el curso 2023/2024 en titulaciones de Grado en Ingeniería de la rama Industrial que den acceso a la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.
Con estas nuevas ayudas el COGITIM pretende incentivar el estudio de una profesión que goza prácticamente de pleno empleo, que trabaja proporcionando tecnología y conocimiento a la sociedad y, que mira al futuro, liderando la innovación desde la eficiencia y el conocimiento de sus profesionales.
El plazo de solicitud de inscripción estará abierto desde el 15 de septiembre al 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y las ayudas se concederán por riguroso orden de entrada hasta consumir la cantidad presupuestada.
A continuación, les detallamos las bases de la convocatoria:
AYUDAS FOMENTO DE LA PROFESIÓN PARA COLEGIADOS
1.- Tendrán una ayuda de 1.000 €/año por cada hijo matriculado en titulaciones de Grado en Ingeniería de la rama industrial que den acceso a la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, y que justifiquen alguno de los siguientes requisitos:
2.- Renta anual inferior conjunta de la unidad familiar de 40.000 €.
3.- Renta anual inferior a 20.000 € para familias monoparentales.
4.- Tengan la condición de familia numerosa.
5.- Se encuentren en situación de desempleo.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA SOLICITUD DE CUALQUIER AYUDA
1.- Instancia dirigida al Ilmo. Sr. Decano, según modelo de ayuda o beca, y que estará disponible en la web.
2.- Matrícula universitaria.
3.- Presentación de la Declaración anual de la renta correspondiente al año 2022, la última presentada o certificado de NO presentación de renta (cuando corresponda). La renta anual conjunta de la unidad familiar se considerará la suma de los importes de las bases liquidables correspondientes a la casilla 505 de cada una de las Declaraciones de la Renta del año anterior de los distintos miembros de dicha unidad familiar (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
4.- Fotocopia compulsada del carné de familia numerosa (cuando corresponda).
5.- Certificado de estar en situación de desempleo (cuando corresponda)
CRITERIOS GENERALES
1.- La renta anual conjunta de la unidad familiar se considerará la suma de los importes de la base liquidable general sometida a gravamen de los distintos miembros de dicha unidad familiar (en el caso de Haciendas Forales o Autonómicas consultar las casillas equivalentes).
2.- Aquellos colegiados en activo que no deban realizar la declaración de la Renta se considerarán como beneficiarios.
3.- Los beneficiaros de cualquiera de las becas y/o ayudas deberán firmar en la misma solicitud un compromiso de permanencia como colegiado de 2 años. En caso de no cumplirlo se reclamará el importe de la beca o becas concedidas en ese periodo.
4.-Será imprescindible actualizar los datos de la ficha del colegiado. (https://cogitim.e-gestion.es/Account/Entrar.aspx)
5.- El importe máximo de la suma de todas las becas y ayudas será de 1.000 € colegiado/año.
6.- En el caso de que los dos progenitores sean colegiados, solo se podrá cursar una solicitud por hijo.
7.-Los beneficiarios de cualquier tipo de ayuda o beca deberán encontrarse al día en todas sus obligaciones con el Colegio.
Para descargar la solicitud "Ayudas al Fomento de la Profesión", pulsar AQUÍ