Se ha abierto el trámite de audiencia e información pública de la propuesta de Orden que fija, para el año 2027 y en el marco del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, el objetivo de ahorro energético, la tasa de ahorro, el valor de la equivalencia financiera y la aportación mínima al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

 

El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, modificó, entre otras, la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, introduciendo novedades significativas en el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (en lo sucesivo, SNOEE).

 

Entre otras, designa nuevos sujetos obligados y establece una nueva metodología para el cálculo de la obligación anual de ahorro energético de cada uno de ellos, introduciendo para ello la tasa de ahorro energética. Mediante dicha tasa cada sujeto obligado debe calcular su obligación anual de ahorro energético aplicando la misma a sus ventas, suministros y consumos reales de energía final en el año.

 

A la vista de lo anterior, esta propuesta de orden da cumplimiento al artículo 70.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, mediante el establecimiento de:

 
- El objetivo de ahorro energético asignado al SNOEE en el año 2027.
 
-  La tasa de ahorro energética para el año 2027.
 
- La equivalencia financiera para el cálculo de las aportaciones económicas al FNEE y la aportación mínima al fondo nacional de eficiencia energética.

 

Por último, mediante esta orden se procede a actualizar el valor de la Retribución del coste de contribución al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (RFE) del término variable horario de los costes de comercialización (CCVh), de acuerdo con lo dispuesto mediante Real Decreto 469/2016, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.

 

Plazo de remisión

 
Plazo para presentar documentación desde el jueves, 15 de octubre de 2026 hasta el viernes, 06 de noviembre de 2026
 

Presentación de alegaciones

Las alegaciones a la propuesta de orden ministerial deben cursarse a través del formulario accesible en la siguiente dirección web o bien enviarlas a secretaria.tecnica@coitim.es 


https://forma.administracionelectronica.gob.es/form/open/ext/4a193d7c-327e-4ec0-8ce9-83f5ff779630/DxzG

 

Anexos
 

Propuesta de Orden [PDF] [346 KB]

Anexos de la Orden [PDF] [143 KB]

Memoria justificativa de la Orden [PDF] [440 KB]